domingo, 5 de mayo de 2013

INFORMACION FAPA SOBRE LAS BECAS



Esta mañana hemos tenido reunión en la Consejería la Comisión de becas. Estas son concedidas y dependen del Ministerio de Educación. Se han solicitado en octubre del 2012 y en octubre del 2013 habrá un control sobre el cumplimiento de la finalidad de las becas.

Os mando este correo, porque el Ministerio ha cambiado las condiciones que había hasta ahora y quiero informaros porque en el caso de que los beneficiarios no cumplan los requisitos, puedan todavía solucionarlo.

-MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTE
10849 Resolución de 2 de agosto de 2012, de la Secretaría de Estado de Educación,
Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas y
ayudas al estudio de carácter general y de movilidad, para el curso académico,
2012-2013 para alumnado que curse estudios postobligatorios y superiores
no universitarios.

En el artículo 41 sobre el cumplimiento dice:

1.
En el mes de octubre de 2013, la Subdirección General de Tecnologías de la
Información y Comunicaciones remitirá a todos los centros docentes con alumnado
beneficiario de becas convocadas por esta resolución, relación nominal con indicación de
su Documento Nacional de Identidad, componentes y cuantía de las becas o ayudas al
estudio concedidas.


2.
Las secretarías de los centros comprobarán que el mencionado alumnado ha
destinado la subvención para la finalidad para la que fue concedida.
A estos efectos, se entenderá que no han destinado la beca o ayuda al estudio para
dicha finalidad quienes hayan incurrido en alguna o algunas de las siguientes situaciones:

a)
Haber causado baja de hecho en el centro, antes de final del curso. 2012-2013.
b) No haber asistido a un ochenta por ciento o más de las horas lectivas, salvo
dispensa de escolarización.
c) No haber abonado servicios prestados por el centro para cuya financiación se
hubiera concedido la beca.
d)
No haber superado el 50 por ciento de las asignaturas o créditos matriculados, en
convocatoria ordinaria ni extraordinaria.

3. Atendiendo a la naturaleza de la beca o ayuda al estudio concedida, procederá el
reintegro completo de todos los componentes de quienes hubieran incurrido en la
circunstancia descrita en los apartados a) y d) del punto anterior. En el caso de que hayan
incurrido únicamente en la situación descrita en el apartado b), procederá el reintegro
completo de todos los componentes concedidos,
excepción hecha del material escolar.


Estos requisitos han cambiado.
- Antes con no darse de baja del centro ya valía, pero ahora hay que asistir al 80% de las clases como mínimo.
- Antes era suficiente con presentarse a los exámenes, ahora hay que aprobar el 50% de las asignaturas.

Es importante que remitáis esta información a las familias que tengas hijos cursando bachillerato o en cursos formativos de grado medio o superior.

También recordaros que si no cumplen con estas condiciones deben devolver el importe de las becas y de no hacerlo, se les reclamará de forma legal.
 Las familias somos responsables subsidiarios de nuestros hijos hasta que cumplan los 25 años si viven con nosotros y no tienen nómina independiente.

Hay becas de 2,3,4 y 5.000 euros. Las familias con escasos recursos no podrían afrontar una deuda así de repente si la tienen que devolver.

Un saludo

FAPA MIGUEL VIRGOS - 30 DE ABRIL DE 2013 - PARA LAS AMPAS

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